Distrito de Columbia Pagaré

Pagaré con garantía o sin ella, pago en cuotas o único, interés dentro del límite legal de su estado, cargos por mora y términos de incumplimiento.

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Reglas de Distrito de Columbia que sigue este documento

Interés máximo (préstamos privados)24% per year — 24% per year max by written contract; 6% absent agreementFuente: D.C. Code § 28-3301(a); § 28-3302(a)
Tasa legal si no se pacta6%Fuente: D.C. Code § 28-3302(a)
Cargos por moraNo statutory cap on late fees for private (non-consumer-lender) loans; fee must be a reasonable liquidated-damages estimate and, together with interest, must not push the effective rate above the usury ceiling
Plazo para demandar3 yearsFuente: D.C. Code § 12-301(7)
Notario / testigosNot required (optional for evidentiary value)

Reglas vigentes al 2026-09-07. Las leyes cambian; verifique antes de confiar en ellas.

Cómo usar este Pagaré en Distrito de Columbia

Mantenga el interés en o por debajo del límite de District of Columbia; un pagaré usurario puede hacer perder todo el interés. Entre familiares, la tasa federal aplicable (AFR) es el mínimo para préstamos mayores de $10,000.

Firme un original; el prestamista lo guarda y el deudor conserva copia. Al pagar, márquelo 'PAGADO' y devuélvalo.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el interés máximo en District of Columbia?

24% anual (D.C. Code § 28-3301(a); § 28-3302(a)). 24% per year max by written contract; 6% absent agreement

¿Necesita notario o testigos?

No. Basta la firma del deudor. El notario es opcional; para un préstamo garantizado registre un UCC-1 o anote el gravamen en el título.

¿Cuánto tiempo hay para demandar?

3 años (D.C. Code § 12-301(7)).

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