California Contrato de Alquiler de Habitación

Alquile una habitación en su casa o apartamento: cuarto privado, áreas comunes, reglas de la casa, división de servicios, depósito y avisos según la ley de su estado.

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Reglas de California que sigue este documento

Límite del depósito1 month's rent; 2 months if landlord is a natural person/LLC owning no more than 2 properties with 4 or fewer units total (AB 12, eff. 7/1/2024)Fuente: Cal. Civ. Code § 1950.5(c)
Plazo para devolver el depósito21 days after move-outFuente: Cal. Civ. Code § 1950.5(g)
Interés sobre el depósitoNot requiredFuente: No state requirement; some cities (e.g., San Francisco, Los Angeles, Berkeley) require interest by ordinance
Cargos por moraMust be a reasonable estimate of landlord's actual damages; no statutory percentage capFuente: Cal. Civ. Code § 1671(d); Orozco v. Casimiro (2004) 121 Cal.App.4th Supp. 7
Aviso de ingreso24 hoursFuente: Cal. Civ. Code § 1954(a) (written notice; 24 hours presumed reasonable)
Aviso para terminar mes a mesLandlord 60 days / Tenant 30 daysFuente: Cal. Civ. Code § 1946.1 (landlord 30 days if all tenants resided < 1 year; 60 days otherwise); Civ. Code § 1946

Reglas vigentes al 2026-09-07. Las leyes cambian; verifique antes de confiar en ellas.

Cómo usar este Contrato de Alquiler de Habitación en California

Describa con precisión la habitación y las áreas comunes, fije los servicios como cargo fijo y ponga por escrito las reglas de invitados, silencio y limpieza.

Si usted es inquilino y subarrienda, confirme que su contrato lo permite y obtenga permiso escrito.

Preguntas frecuentes

¿Aplican las leyes de arrendamiento al alquilar un cuarto en mi casa en California?

En la mayoría de los estados sí, incluidas las reglas de depósito y desalojo, aunque algunos eximen a viviendas ocupadas por el dueño de ciertas normas. Este contrato sigue las reglas generales de California.

¿Puedo sacar a un inquilino sin ir a la corte?

No. Una vez que paga renta, sacarlo por cuenta propia es ilegal. Entregue el aviso de California y, si es necesario, presente demanda.

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