Distrito de Columbia Aviso de Desalojo

Aviso para pagar o desalojar, corregir una violación o desocupar, con el plazo exacto, texto obligatorio y reglas de entrega de su estado.

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Reglas de Distrito de Columbia que sigue este documento

Falta de pago30 days — 30-Day Notice to Pay or VacateFuente: D.C. Code § 42-3505.01(a-1)
Violación del contrato30 days — tenant may cureFuente: D.C. Code § 42-3505.01(b)
Desalojo incondicional30 days — Court determination that tenant performed an illegal act within the unit (30-day notice to vacate); drug haven under § 42-3602Fuente: D.C. Code § 42-3505.01(c)
Métodos de entrega permitidospersonal, substituted, posting and mailing, certified mailFuente: D.C. Code § 42-3505.01(a-1)(3); D.C. Super. Ct. L&T R. 4
Texto obligatorioNotices to vacate must be in English and Spanish (or the tenant's primary language on request), include the Office of the Tenant Advocate contact information, and state the specific ground for eviction. A nonpayment notice must state the total amount owed and that eviction cannot be filed if the balance is paid within 30 days.
LeyRental Housing Act of 1985, D.C. Code § 42-3505.01; 14 DCMR Ch. 43

Reglas vigentes al 2026-09-07. Las leyes cambian; verifique antes de confiar en ellas.

Cómo usar este Aviso de Desalojo en Distrito de Columbia

Entregue el aviso exactamente como lo permite la ley de District of Columbia y cuente bien los días: es lo primero que revisa el juez. No incluya cargos por mora en el monto salvo que su estado lo permita.

Conserve copia del aviso y la prueba de entrega firmada; las adjuntará a la demanda si el inquilino no cumple.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de aviso por falta de pago en District of Columbia?

30 días (30-Day Notice to Pay or Vacate), D.C. Code § 42-3505.01(a-1). Las propiedades cubiertas por CARES exigen al menos 30 días.

¿Cómo debe entregarse?

personal, substituted, posting and mailing, certified mail. D.C. Code § 42-3505.01(a-1)(3); D.C. Super. Ct. L&T R. 4 Conserve la prueba de entrega; el tribunal la pedirá.

¿Puedo cambiar cerraduras o cortar servicios?

No. El desalojo por cuenta propia es ilegal en todos los estados. Al vencer el plazo debe presentar una demanda de desalojo.

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